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QUE ES NECESARIO CONOCER PARA INICIAR UNA RECLAMACIÓN INDEMNIZATORIA

 

Con carácter previo a presentar una reclamación por negligencia médica, es de interés conocer las siguientes cuestiones:

1.- QUE SE HAYA PRODUCIDO UN ERROR MEDICO U HOSPITALARIO CONTRARIO A LA LEX ARTIS MEDICA.

2.- QUE SE HAYA CAUSADO UN DAÑO INDEMNIZABLE.

3.- QUE SE REALICE UN CALCULO APROXIMADO DE LA POSIBLE INDEMNIZACIÓN.

4.- QUE SE ESTE EN PLAZO LEGAL PARA PODER PRESENTAR LA RECLAMACIÓN.

 

En general, los pacientes y/o los familiares de víctimas de una mala praxis, deducen que, ante un resultado inesperado y negativo, con importantes daños o incluso el fallecimiento, ha existido una mala praxis o negligencia en el Centro hospitalario por parte de los sanitarios, pero en cualquier caso siempre y antes de iniciar actuaciones legales, será necesario acreditar la existencia de la misma.

En este sentido, los principios de actuación de este despacho, ante una reclamación por negligencia médica, son los siguientes:

1º.- El cliente directamente afectado, o sus familiares perjudicados, que soliciten una consulta/asesoramiento inicialmente deberán facilitar un relato cronológico de lo acontecido, aportando los informes médicos y/o historia clínica justificativa que obre en su poder.

2º.- Partiendo del relato de los hechos, por parte de los letrados especialistas en derecho sanitario, y sin compromiso alguno, se efectuará una valoración inicial, sobre si en el caso concreto planteado se cumplen los criterios y requisitos básicos para poder iniciar la reclamación.

3º.- A continuación, y en la mayoría de las ocasiones, se precisará de una consulta previa de viabilidad jurídica con asesoramiento del Perito Especialista en la materia médica que va a ser objeto de la reclamación, Peritos que habitualmente colaboran con este despacho, a fin de que previa revisión del concreto asunto y confirmen la posible existencia de una mala praxis o actuación negligente y emitan el informe de viabilidad correspondiente. Si el Perito no considerase viable el caso, emitirá un breve informe justificativo.

De considerarse viable la reclamación por el Perito, este emitirá un informe definitivo para aportar al procedimiento, el cual se coordinará con la reclamación a presentar por el letrado, previo estudio pormenorizado jurídico del caso (hechos y fundamentos jurídicos), indicando las concretas causas del error médico producido, su relación de causalidad con las lesiones producidas, así como fijando el importe indemnizatorio a reclamar.

4º.- Antes de iniciar cualquier reclamación, en su caso, se solicitará al Centro hospitalario que corresponda, la historia clínica completa del caso, ya que normalmente la que se entrega al paciente es incompleta, y así poder presentar la reclamación con los máximos datos médicos (informes, pruebas de imagen, analíticas, hojas de evolución…). En muchas ocasiones es necesario que los letrados redacten una solicitud en legal forma para obtener la historia clínica lo más completa posible.

5º.- En su caso, se iniciarán reclamaciones extrajudiciales, vía amistosa, para poder evitar en lo posible la vía judicial, siendo que el acuerdo extrajudicial con la Entidad Aseguradora es una alternativa factible.

De no llegarse a un acuerdo extrajudicial, se iniciará la tramitación en la vía judicial (civil, administrativa o penal), que proceda en el caso, presentando por el letrado la correspondiente reclamación y acompañada del correspondiente informe médico pericial.

En el caso de que la responsabilidad proceda de los servicios públicos sanitarios (centro de salud, centro de especialidades, servicio de urgencias, hospital público…), se deberá presentar una previa reclamación por responsabilidad patrimonial antes de poder iniciar la vía judicial, ante el Servicio de Salud Autonómico que corresponda.

 

 “NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS ESTÁ ESPECIALIZADO EN RECLAMACIONES POR NEGLIGENCIAS MEDICAS”

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