Indemnizaciones a lesionados en accidentes de tráfico
Reclamamos indemnizaciones a los lesionados en accidentes de tráfico: conductores, ocupantes, peatones, viajeros, motoristas, ciclistas.
Es muy importante que si ha sufrido un accidente de tráfico, solicite asesoramiento por abogados especializados, ya que la indemnización y el buen resultado de su reclamación va a depender del buen profesional que Ud. elija y cómo se actúe por parte de los profesionales.
En nuestro Despacho de Abogados en Madrid somos expertos y especializados en reclamación de indemnizaciones derivadas de accidentes de tráfico, atropellos, ocupantes y pasajeros y en accidentes en transporte público, con atención personalizada y continuada. Para que Ud. pueda obtener la máxima indemnización, lo más importante es que sus lesiones y secuelas sean debidamente valoradas tanto jurídica como médicamente. No tiene nada que ver con abogados especialistas en accidentes de trabajo en Madrid, eso sería otra especialidad.
Por eso este Despacho de Abogados en Madrid, asesorado por Especialistas Médicos, realiza un SEGUIMIENTO MEDICO CONTINUADO de sus lesiones, secuelas, incapacidades laborales etc…, para así lograr los máximos resultados económicos para nuestros clientes. Y EN ACCIDENTES CON LESIONADOS DE GRAVEDAD EL CONTROL MEDICO QUE REALIZA EL DESPACHO ES GRATUITO.
Es necesario el conocimiento de las lesiones y todas y cada una de las secuelas que pueden producirse en el accidentado.
MAS DE VEINTE AÑOS DE EXPERIENCIA EN EL SECTOR NOS AVALAN.
- Primera consulta gratuita y sin compromiso con Abogados Especializados.
- Tiene derecho a obtener la MAXIMA INDEMNIZACION POSIBLE.
- Somos ABOGADOS INDEPENDIENTES ESPECIALISTAS en accidentes de tráfico, independientes de las Entidades Aseguradoras.
- Seguimiento y control médico de sus lesiones y secuelas.
- Actuamos en TODA ESPAÑA.
- SOLO COBRAMOS SI UD. COBRA.
- Puede recuperar todo o parte de los honoarios.
Somos Abogados especializados EN ACCIDENTES DE TRAFICO DE GRAVEDAD (fracturas óseas, politraumatizados, lesiones órganos (vista, oído), lesiones neurológicas (parálisis, paraplejia):
- Seguimiento y control médico de sus lesiones y secuelas gratuito por Médicos Especialistas.
- Honorarios en condiciones especiales. Consulte su caso concreto sin compromiso.
ASESORESE: ESTAR BIEN INFORMADO ES UN DERECHO.
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Abogados accidentes de tráfico Madrid: objetivo
Nuestro objetivo: CONSEGUIR LA MAYOR INDEMNIZACIÓN POSIBLE
Antes de iniciar la vía judicial, o solicitar un perito judicial en Madrid, o ya iniciada, es criterio de este Despacho de Abogados intentar llegar a un acuerdo amistoso con la Entidad Aseguradora responsable, presentando una reclamación extrajudicial detallada y justificada jurídicamente y con aportación de los documentos acreditativos, trasladando posteriormente la oferta indemnizatoria al cliente, explicándole todos y cada uno de los conceptos reclamados y que se abonan por la Compañía Aseguradora, aconsejando el Abogado al cliente, según su experiencia y la práctica judicial, si la oferta indemnizatoria es conforme o no, siendo siempre el cliente en último término quién decida si la acepta o no, y en su caso iniciar o continuar su reclamación en la vía judicial.
SI HA SUFRIDO UN ACCIDENTE DE TRÁFICO CON LESIONES PUEDE TENER DERECHO A COBRAR UNA INDEMNIZACION POR SUS LESIONES.
RECLAMAMOS SU INDEMNIZACION Y SOLO COBRAMOS AL FINAL DE LA RECLAMACION.
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RECLAME AHORA Y CONSIGA LA INDEMNIZACION QUE LE CORRESPONDE.
Abogados independientes de accidentes de tráfico en Madrid
SOMOS ABOGADOS INDEPENDIENTES DE LAS ASEGURADORAS: ATENCION DIRECTA, INMEDIATA Y CONTINUADA DE SU CASO
BALDÓ & CALVETE Abogados en Madrid, está formado por un equipo de Abogados Especialistas en Derecho de la Circulación, Seguros y Responsabilidad Civil, con atención preferente en Reclamaciones de Daños y Perjuicios derivados de los accidentes de tráfico a favor de los conductores, ocupantes, peatones y familiares de víctimas fallecidas y especialistas en accidentes de tráfico de gravedad.
El Tribunal Supremo también viene admitiendo recientemente, como doctrina jurisprudencial, la indemnización por daños económicos futuros (lucro cesante) a consecuencia de un accidente de tráfico, siempre que estén debidamente acreditados, a través del propio Baremo de indemnizaciones de los accidentes de tráfico, y dentro de sus límites legales, muy aplicable para los supuestos de pérdida de ingresos derivado de incapacidades
Baldó & Calvete Abogados, con su equipo de expertos, trabajará para que usted cobre la máxima indemnización a la que tiene derecho.
Para ello este Despacho de Abogados cuenta con la colaboración de diversos Médicos Especialistas en los daños personales que se suelen ocasionar en los accidentes de tráfico, para un mejor control de los mismos, ya que la indemnización dependerá de las lesiones, días de baja y secuelas del accidentado, por lo que es de capital importancia un correcto y completo control médico y legal del lesionado en accidente de tráfico que ponemos a su disposición.
ADEMAS LOS HONORARIOS DEL ABOGADO PUEDE RECUPERARLOS DE SU COMPAÑIA DE SEGUROS
SI UD. TIENE CONTRATADO CON SU COMPAÑIA DE SEGUROS EL SEGURO DE DEFENSA JURÍDICA Y RECLAMACION DE DAÑOS, PODRÁ ELEGIR LIBREMENTE EL ABOGADO PARTICULAR Y SU ASEGURADORA LE PODRÁ REINTEGRAR TODO O PARTE DE LOS HONORARIOS DEL ABOGADO, PUDIENDO ASI SALIRSE GRATIS LOS HONORARIOS DEL PROFESIONAL.
> Si has sufrido un accidente de tráfico: Consúltanos – Llama al: 91 577 95 72 / 91 577 90 96
Consejos prácticos al lesionado en accidentes de tráfico
¿HA SUFRIDO ALGÚN ACCIDENTE DE TRÁFICO CON LESIONES?
Aquí tiene algunos consejos prácticos...
ACCIDENTES DE TRAFICO: CONSEJOS DE ABOGADO
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN ACCIDENTES DE TRAFICO EN MADRID
I – RECOMENDACIONES BÁSICAS EN CASO DE SUFRIR UN ACCIDENTE DE TRAFICO
* Si se han sufrido lesiones corporales, en primer lugar recomendamos acudir a Urgencias de un Hospital para que determinen sus lesiones en relación con el accidente de tráfico, con entrega del correspondiente informe de urgencias o informe de alta hospitalaria y seguir las revisiones médicas prescritas *
* Si es el conductor del vehículo deberá rellenar correctamente el parte amistoso con el otro conductor, y en especial, si existen testigos hacerlos constar en el mismo *
* Si el supuesto responsable se niega a rellenar el parte amistoso, se recomienda llamar a la Policía Local o la Guardia Civil a fin de que levanten el correspondiente atestado *
*Y de especial importancia: no dejar transcurrir los plazos legales para reclamar y es importante que conozcan que en la vía penal no se abonan tasas judiciales *
II – INFORMACIÓN UTIL Y DE INTERÉS
a.- BAREMO ACTUALIZADO EN ACCIDENTES DE TRÁFICO.
*NOVEDAD LEGISLATIVA DE INTERES: BAREMO ACCIDENTES DE TRAFICO AÑO 2.014*
Con fecha 15 de marzo de 2.014 se ha publicado en el BOE la Resolución de la Dirección General de Seguros de 5 de marzo de 2.014 por el que se publican las cuantías indemnizatorias por fallecimiento, lesiones permanentes e incapacidad temporal para aplicar desde el 1/01/2014 a los daños y perjuicios causados a las personas en ACCIDENTES DE CIRCULACION.
b.- CONVENIOS DE ASISTENCIA SANITARIA-UNESPA: TODA ESPAÑA
ASISTENCIA EN CENTROS MEDICOS PUBLICOS Y PRIVADOS: SIN COSTE PARA EL PACIENTE.
Si usted lo precisa también le informamos y tramitamos su asistencia médica sanitaria con los principales Especialistas Médicos privados y en Centros públicos, en cada una de las áreas que precise, Traumatólogos, Neurocirugía, Oftalmología, Rehabilitadores, Fisioterapia…, y en los distintos centros médicos en Convenio UNESPA, en TODA ESPAÑA, al que están adheridas las Entidades Aseguradora de automóviles del mercado (entre otras, Alllianz, AMA, AXA, Cahispa, Caser, Click Seguros, Euro Insurances, Fenix Directo, Fiatc, Génesis, Helvetia, Liberty, Linea Directa, Mapfre, Mutua Madrileña, MMT, Pelayo, Reale Seguros, RACC, Catalana Occidente, Groupama, Laun Aro, Zurich, Verti etc…). Entre otros, y solo a modo de ejemplo, Centros Sanitarios Privados Adheridos en Madrid al Convenio Unespa, los Hospitales de Madrid (HM Universitario Montepríncipe, HM Universitario Torrelodones, HM Universitario Sanchinarro y HM Universitario de Madrid), Policlínica López de Hoyos, Medicentro Leganés, Clínica La Luz, Fuensanta, Clínica Pinar, Hospital Nuestra Señora de América, Crosecon Rehabilitación y fisioterapia etc…
Consúltenos desde cualquier Ciudad de España: Ud. no tiene que abonar nada, ya que es la Entidad Aseguradora la que lo abona directamente al Hospital o Clínica que Ud. elija. Todo ello a fin de que la atención médica sea la apropiada a cada caso lesionado concreto, en el menor tiempo posible y con niveles de calidad asistencial eficaces.
c.- EXENCION DE TRIBUTACION DE LAS INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRAFICO.
Las indemnizaciones percibidas como consecuencia de la responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida no tendrán que ser declaradas como ingresos en la declaración del IRPF, es decir las que se encuentren dentro de los márgenes legales por daños personales (RDL 8/2004, de 29 de octubre).
d.- AUTO DE CUANTÍA MÁXIMA.
Para el supuesto de absolución o archivo en la vía penal, antes de acordar el archivo, el Juez deberá dictar AUTO DE CUANTIA MAXIMA en el proceso a cargo del seguro obligatorio a favor del perjudicado. La emisión del título ejecutivo se instauró como una garantía social, a fin de que los perjudicados por un accidente de tráfico pudieran percibir la indemnización por responsabilidad objetiva. Es decir, que como principio general todo lesionado perjudicado en un accidente de tráfico tendrá derecho a percibir indemnización por los daños y perjuicios sufridos, salvo en los supuestos de culpa exclusiva de la víctima.
III – COMO PROCEDER Y ACTUAR PARA RECLAMAR SU INDEMNIZACION.
1.- CONOZCA LA INDEMNIZACIÓN QUE PUEDE CORRESPONDERLE POR UN ACCIDENTE DE TRÁFICO Y SU PROCEDIMIENTO PARA OBTENERLA
Los accidentes de tráfico son una de las más importantes fuentes de indemnizaciones a favor de los particulares, siempre que por causa de los mismos hayan tenido daños y perjuicios y exista un tercero responsable.
Las reclamaciones de indemnizaciones pueden obtenerse por diversos procedimientos judiciales, civiles, penales o administrativos… según los casos y el tipo de responsabilidad del causante del accidente de tráfico.
Las reclamaciones están sujetas según el procedimiento judicial, a diversos y distintos requisitos, en cuánto a plazos de prescripción, prueba del daño, normas de valoración etc…, por lo que lo más adecuado para el particular es CONOCER CUANTO ANTES SU DERECHO A RECLAMAR, porque en estos procesos se suelen sustanciar cantidades importantes que pueden verse muy mermadas e incluso perderse (prescripción) si deja pasar el tiempo.
La indemnización a percibir dependerá de los daños y perjuicios que el accidente de tráfico ocasione al lesionado o perjudicado, por lo que es básico y fundamental efectuar una correcta valoración de los daños sufridos.
Todo lesionado o perjudicado por un accidente tiene interés y debe CONOCER CUANTO ANTES EL IMPORTE DE LA INDEMNIZACION que pudiera corresponderle por causa del accidente y así saber cuál es su interés económico en el mismo y poner en marcha su reclamación.
2.- CUANDO SE PUEDE Y SE DEBE SABER LA POSIBLE INDEMNIZACIÓN
Estas valoraciones orientativas de los daños y perjuicios deben ser conocidas por el accidentado o el perjudicado inmediatamente de ocurrir el accidente pero fundamentalmente:
1º.- TRAS EL ACCIDENTE DE TRÁFICO y antes de su alta médica: Esta valoración se efectúa a la vista de los daños físicos y materiales ocasionados en el accidente de tráfico.
Esta valoración orientativa ya la puede obtener el accidentado inmediatamente de ocurrir el accidente, y así controlar la evolución de su caso hasta el alta médica.
2º.- TRAS EL ALTA MEDICA (o alta Forense judicial): Esta valoración se basa ya en los daños físicos, personales y materiales, que al lesionado le quedarán de manera definitiva por causa del accidente de trafico.
Esta valoración se basa en los concretos daños que el accidente le ha causado. Esta valoración es la valoración básica para efectuar una reclamación económica, ya concreta, a la Entidad Aseguradora (o al culpable del accidente).
3º.- En cuánto a la valoración de los FALLECIMIENTOS. Se efectúa una valoración inmediata tras el Fallecimiento, basada en una serie de datos y circunstancias personales y familiares de la víctima y perjudicados y se presenta reclamación económica ya sea por vía judicial o extrajudicial.
Es necesario que conozca que, si bien, las indemnizaciones a favor de los perjudicados por el fallecimiento de un familiar (cónyuges no separados legalmente, parejas de hecho heterosexuales y homosexuales, hijos, padres, abuelos) están fijados en los baremos legales, las indemnizaciones pueden verse incrementadas según las circunstancias del caso concreto, como convivencia, edad, perjuicios económicos, circunstancias familiares especiales, etc, …
De especial interés.- INDEMNIZACIONES POR FALLECIMIENTO A FAVOR DE LA PAREJA DE HECHO.
Reconocimiento de las Uniones de hecho no matrimoniales (parejas de hecho) como perjudicados del fallecimiento de su pareja en los accidentes de circulación.
Los requisitos objetivos que exige la doctrina jurisprudencial mayoritariamente son:
En primer lugar, la convivencia de la pareja, en situación similar a la generada por el matrimonio, compartiendo la vida en común en el mismo domicilio, compartiendo cuentas bancarias, compraventas, arrendamiento etc…, lo que serviría como elementos probatorios. Es decir que se excluye la posibilidad de reconocer las relaciones de noviazgo en las cuáles no ha habido convivencia de la pareja a la fecha del accidente.
En segundo lugar, la convivencia ha de ser permanente y estable, identificada con períodos de tiempo, sin que existan plazos mínimos, pero que van de un año y medio a dos años como mínimo.
En tercer lugar, además la convivencia ha de ser pública y notoria, que si bien no es un requisito esencial, si es una prueba más, a valorar en conjunto con el resto (por ejemplo el empadronamiento, beneficiarios en un seguro de decesos o accidentes, aparecer en la esquela como “su esposa/o”.
3.- COMO EFECTUAR LA RECLAMACIÓN CON MAYORES POSIBILIDADES DE ÉXITO
RECLAMACIÓN DE LA INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR LOS ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN ACCIDENTES DE TRÁFICO.
Para obtener los mejores resultados, es recomendable que la Reclamación Económica sea efectuada por los Abogados Especialistas en este tipo de reclamaciones, ya que los obligados al pago, suelen poner obstáculos a su abono y se requieren amplios conocimientos en este tipo de cuestiones, máxime si la indemnización que se reclama es importante, ya que en estos casos frecuentemente para su pago hay que utilizar la vía judicial.
Los Abogados efectuamos estas valoraciones y reclamaciones con las máximas garantías, con el conocimiento que nos da la práctica judicial.
NUESTRO OBJETIVO: CONSEGUIRLE LA MAYOR INDEMNIZACION POSIBLE.
ESTE DESPACHO DE ABOGADOS EN MADRID ESTÁ ESPECIALIZADO EN EFECTUAR ASESORAMIENTO, VALORACIONES Y RECLAMACIONES de daños personales y materiales, recabando el Abogado al efecto, la colaboración de Especialistas Médicos de las distintas materias que puedan verse afectadas por los accidentes de tráfico (Traumatología, Rehabilitación, Medicina Legal etc…), según la Especialidad y necesidad del caso, haciéndose así un seguimiento médico del lesionado hasta obtener la indemnización.
ABOGADOS ACCIDENTES DE TRAFICO MADRID: VENTAJAS
IV – LAS VENTAJAS Y BENEFICIOS DE ACUDIR A NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS
1.- PRIMERA CONSULTA SIN COMPROMISO Y GRATUITA.
2.- SOMOS ABOGADOS INDEPENDIENTES DE LAS ASEGURADORAS CON MAS DE VEINTE AÑOS DE EXPERIENCIA EN EL SECTOR DE LOS SEGUROS.
3.- ATENCION PREFERENTE, DIRECTA E INMEDIATA POR ABOGADO ESPECIALIZADO.
4.- RECLAMAMOS SU INDEMNIZACION Y SOLO COBRAMOS AL FINAL DE LA RECLAMACION.
5.- SEGUIMIENTO MEDICO DE SUS LESIONES. EN LESIONES DE GRAVEDAD, SI NO PUEDE DESPLAZARSE AL DESPACHO, PODEMOS VISITARLE EN SU DOMICILIO.
6.- CONSULTAS E INFORMACION PERIODICA DEL ESTADO DE SU RECLAMACION.
7.- LE TRAMITAMOS LA ASISTENCIA MEDICA PRIVADA A TRAVES DE LOS CONVENIOS UNESPA SIN NINGUN COSTE PARA EL LESIONADO.
8.- CONTAMOS CON MEDICOS ESPECIALISTAS EN VALORACION DE LESIONES Y SECUELAS.
9.- PRESUPUESTO CERRADO DESDE EL PRIMER MOMENTO.
10.- OBTENDRA LA MAXIMA INDEMNIZACION POSIBLE.
11.- SI UD. TIENE SEGURO DE DEFENSA JURIDICA, INCLUSO LOS HONORARIOS DEL ABOGADO PUEDEN SALIRLE GRATIS O CASI GRATIS SI UD. TIENE SEGURO DE DEFENSA JURIDICA Y RECLAMACION DE DAÑOS CON SU ENTIDAD ASEGURADORA.
12.- ABOGADOS ESPECIALISTAS EN ACCIDENTES DE TRAFICO CON LESIONES DE GRAVEDAD:
*Seguimiento y control médico gratuito por Médicos Especialistas (consultar)
*Honorarios en condiciones especiales (consultar).
SI QUIERE CONOCER CUALES SON SUS DERECHOS NO DUDE EN LLAMARNOS.
INICIAREMOS LAS RECLAMACIONES QUE LE CORRESPONDEN.
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Lesiones más frecuentes en accidentes de tráfico
¿HA SUFRIDO ALGÚN ACCIDENTE DE TRÁFICO CON LESIONES?
Aquí tiene las lesiones más frecuentes que se producen en accidentes de tráfico.
ABOGADOS ACCIDENTES DE TRAFICO: LESIONES
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN ACCIDENTES DE TRAFICO EN MADRID
- LESIONES MAS FRECUENTES EN LOS ACCIDENTES DE TRAFICO
Cuando hay lesionados en los accidentes de tráfico o atropellos se producen una serie de lesiones que son de las más frecuentes y propias de los mismos por el mecanismo causal y que entendemos pueden ser de su interés:
– ESGUINCE CERVICAL, LATIGAZO CERVICAL, CONTRACTURA CERVICAL, de las que se pueden derivar: síndrome postraumático cervical, algias cervicales, hernias o protrusiones discales.
– DORSALGIA, LUMBALGIA, de las que se pueden derivar: lumbalgia, hernias o protrusiones discales.
– ESGUINCE DE RODILLA. ESGUINCE DE TOBILLO. ESGUINCE DE MUÑECA.
– FRACTURAS DE COSTILLAS.
- FRACTURA CONMINUTA DIAFISIS HUMERAL DERECHA: Material de osteosíntesis.
– FRACTURA CONMINUTA DE MUÑECA.
– FRACTURAS DE LOS HUESOS PROPIOS DE LA NARIZ.
– FRACTURA DE CLAVICULAS.
– FRACTURAS PELVICAS.
– CONTUSION CADERAS.
– FRACTURA ROTULAS.
– FRACTURA TIBIA Y PERONE: Material de osteosíntesis.
– LUXACIONES Y SUBLUXACIONES.
– LESIONES OCULARES: PERDIDA VISION. CEGUERA.
– PERJUICIO ESTETICO: CICATRICES. QUEMADURAS. AMPUTACION MIEMBROS.
Principio del formulario
¿SABIAS QUE …..? El “Síndrome del Latigazo Cervical” es una lesión que aparece a veces tras un accidente de tráfico, sobre todo en colisiones traseras, ya que el impacto produce una sacudida violenta en la cabeza. Los síntomas de esta lesión suelen ser dolor cervical, que a veces se irradia a los hombros, contractura y rigidez cervical, y en ocasiones dolor de cabeza y mareos, y ante los cuales debe acudirse a Urgencias. Es importante acudir a un Abogado especialista en reclamaciones por accidente de tráfico
* EL ESGUINCE CERVICAL ES LA LESION MÁS FRECUENTE EN LOS ACCIDENTES DE TRAFICO
Muchos de los accidentes de tráfico que ocurren diariamente, sobre todo en el casco urbano de las ciudades, son las colisiones de un vehículo a otro por detrás, y que se producen normalmente cuando el vehículo de delante está detenido en una señal de stop, ceda el paso o semáforo y el vehículo que circula por detrás, por motivos diversos, como distracción, no frena o no frena con suficiente antelación e impacta en la parte trasera del vehículo delantero.
En estos casos lo normal es que ambos conductores firmen el parte amistoso y cada uno lo entregue en su respectiva Compañía de Seguros para que cuánto antes se proceda a la reparación de los vehículos. Por convenios existentes entre las distintas Compañías Aseguradoras, de los daños materiales se hará cargo la Compañía de cada vehículo, con independencia de quién sea el responsable del accidente.
En este tipo de accidentes la lesión más común del conductor u ocupantes del vehículo delantero, debido al impacto trasero, es el Esguince Cervical o el Síndrome del Latigazo Cervical, con una sintomatología que varía en cada paciente, pero que suele ser dolor cervical, contracturas, mareos, dolores de cabeza, limitación de la movilidad cervical, parestesias etc …, lo que hace que los lesionados tengan que acudir al Servicio de Urgencias de un Hospital.
El tiempo medio de incapacidad laboral y curación de un esguince cervical es de entre 30 a 90 días, pero depende de cada caso concreto y de la intensidad del esguince cervical. El tratamiento médico habitual y que conocemos por la práctica es que el Médico de Cabecera concede la baja laboral al paciente, le prescribe tratamiento farmacológico y le remite al Especialista en Traumatología para valoración y éste posteriormente le remitirá al Servicio de Rehabilitación parar curar o mejorar de la sintomatología cervical.
Unos lesionados curarán de su lesión sin que le queden secuelas y a otros, tras el tratamiento médico, le quedarán secuelas, que pueden variar de unos pacientes a otros, pero que suelen ser cervicalgia, mareos, vértigos, cefaleas, parestesias, limitación de la movilidad cervical…, que son secuelas que quedarán de por vida y no solo durante el periodo de baja.
Pero además, existen casos en los que el latigazo o esguince cervical puede conllevar a una ansiedad y requerir tratamiento psicológico, debido al intenso dolor durante largo tiempo, el paciente no mejora, y tiene que continuar tomando antiinflamatorios, analgésicos y relajantes musculares.
Por tanto, el seguimiento médico es fundamental para la curación de la lesión, para conocer los daños personales sufridos y así poder efectuar la reclamación económica a la Entidad Aseguradora responsable, por los días de baja laboral y médica y por las secuelas que le hayan quedado al lesionado.
* FRACTURA DEL PERONE: es una de las lesiones más frecuentes en los accidentes de circulación, fractura que puede ser simple o compleja. Si la fractura del peroné es compleja el tiempo de curación e incapacidad es aproximadamente de 250 días y las secuelas que pueden quedar son material de osteosíntesis, cicatrices quirúrgicas, cojera, dolor físico, limitación de la movilidad, pudiendo limitar las actividades para el ocio y deporte.
* FRACTURA DEL ESTERNÓN: sobre todo en los choques frontales, tanto con cinturón de seguridad como sin él y en atropellos. El tiempo medio de curación y incapacidad es de aproximadamente 60 días y pueden quedar secuelas como el dolor y afectación en la función respiratoria.
* FRACTURA DE LA DIAFISIS FEMORAL: la más frecuente de las fracturas femorales en los accidentes de tráfico. El tiempo medio de curación y incapacidad es de aproximadamente 180 días y pueden quedar secuelas como material de osteosíntesis, cojeras, dolor físico, limitación de la movilidad.
* FRACTURA DE LOS HUESOS PROPIOS DE LA NARIZ: el tiempo medio de curación es de aproximadamente 30 días y de incapacidad de unos 15 días. Las secuelas más frecuentes son la desviación del tabique nasal, alteración de la respiración nasal y pérdida de olfato.
Asimismo es de significar que en las lesiones graves o politraumatizados puede quedar como secuelas las psicológicas, como el Síndrome depresivo postraumático que se traduce en depresiones, ansiedad, miedos, dificultad para dormir, temores, angustia, daño moral debido a las grandes limitaciones prolongadas en el tiempo que supone limitación de relaciones sociales y familiares, deportivas, conyugales etc… y que requieren tratamiento psicológico o psiquiátrico.
* FRACTURA DE CLAVICULA: Es una lesión propia en accidentes de circulación. El tiempo medio de curación es de 80-100 días. Normalmente no se requiere hospitalización, salvo que se requiera intervención quirúrgica para colocación de material de osteosíntesis (6 días). Normalmente se precisa inmovilización del hombro, especialmente cabestrillos, vendaje en ocho. Pueden quedar secuelas: dolor, callos viciosos, pseudoartrosis, material de osteosíntesis, limitación de la articulación del hombro, cicatrices quirúrgicas.
* FRACTURA DEL ESCAFOIDES CARPIANO (MUÑECA): El tiempo de curación medio es de 60 días. Secuelas: dolor, limitaciones de la movilidad. Material de osteosíntesis. No obstante, en ocasiones esta lesión puede pasar desapercibida en un primer momento, y si se complica el proceso de curación puede alargarse varios meses.
* FRACTURA DE RÓTULA: Pueden ser simples o complejas. El tiempo medio de curación es de 100-200 días y las posibles secuelas dolor, artrosis, limitaciones de la movilidad, atrofia, cojera, prótesis. Limitación para actividades deportivas.
* FRACTURA DE MALAR O PÓMULO: Los tiempos de curación son diversos, ya que es una lesión que puede ser más o menos grave (de 30 a 200 días). Las posibles secuelas, según la gravedad de la lesión: defecto de consolidación, deformidad, desviación, limitación para masticar, neuralgias, parestesias, perjuicio estético, e incluso psicológicas.
* FRACTURA DE LA CABEZA DEL RADIO: (hueso largo situado en el antebrazo): tiempo de curación medio de 60-80 días. Pero varía según los casos. Las posibles secuelas, dolor, callo vicioso, material de osteosíntesis, limitación de la movilidad, cicatriz quirúrgica.
> RECUERDE: RECLAMAMOS SU INDEMNIZACION Y SOLO COBRAMOS LOS HONORARIOS AL FINAL DE LA RECLAMACIÓN, PUDIENDO RECUPERAR LOS HONORARIOS DE SU ENTIDAD ASEGURADORA.
> ¿Has sufrido alguna de estas lesiones u otras?: Llama al: 91 577 95 72 / 91 577 90 96
ABOGADOS ACCIDENTES DE TRAFICO: GRAVES LESIONES
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN ACCIDENTES DE TRAFICO
> GRAVES LESIONES Y GRANDES LESIONADOS EN LOS ACCIDENTES DE TRAFICO. TELS: 91 196 15 85 / 91 577 95 72 / 91 577 90 96
LESIONES MEDULARES, PARAPLEJIA, TETRAPLEJIA, LESIONES CEREBRALES
Este Despacho de Abogados de Madrid está Especializado, desde 1986, en la gestión y reclamación judicial y extrajudicial de las indemnizaciones en graves accidentados de accidentes de tráfico.
– Desde el inicio realizamos una valoración orientativa y cuantificación provisional de los distintos conceptos a indemnizar según el caso. Posteriormente se va adaptando dicha valoración a la concreta evolución de los daños.
– Se efectúa un control del lesionado por médicos especialistas, que fijará este despacho, emitiendo los correspondientes informes médicos de seguimiento y alta y en su caso informe pericial objetivo. El Letrado Director del Despacho tiene conocimientos médicos (estudios de medicina). Este control es de tipo gratuito, a cargo del despacho, sin coste accesorio alguno.
– Nos encargamos de su caso hasta que Vd. obtenga la indemnización final, ya sea por vía judicial o extrajudicial. Cobramos nuestros honorarios al finalizar el caso. Nuestros honorarios, teniendo en cuenta el trabajo a realizar en este tipo de asuntos, son moderados, estableciéndose un % de la indemnización que finalmente resulte, según el caso concreto.
– Si Ud. considera que se encuentra dentro de la tabla de lo que este despacho considera lesionados graves deberá hacernos una consulta personal y directa para que procedamos a su valoración.
PARTIENDO del Baremo de Accidentes de Tráfico RDL 8/2004 DE 29 de Octubre y desde un punto de vista de la cuantificación de la indemnización final que puede obtener el lesionado en un accidente de tráfico, podemos considerar como LESIONADOS GRAVES aquellos casos que por causa de un accidente de tráfico sufren traumatismos que a la postre conllevarán graves lesiones que dejaran secuelas finales y que darán lugar a indemnizaciones importantes.
Los lesionados graves lo suelen ser por causa de accidentes de tráfico con fuerte impacto del vehículo, por lo que suelen sufrir diversos tipos de lesiones a distintos niveles, lo que se denomina politraumatismos o politraumatizados.
Estas lesiones y secuelas graves, sin ánimo exhaustivo, son las de tipo cerebral (Epilepsia, encefalopatías, psiquiátricas..), medulares (tetraplejia, paraplejia…), de tipo nerviosas centrales y periféricas (parálisis, neuralgias…), las que afectan a los sentidos (importantes pérdidas de visión, de oído… incluidas las graves lesiones maxilares que impiden la masticación), las que afectan con gravedad a órganos y vísceras (Traqueotomía, parálisis nervio frénico con insuficiencia respiratoria, gastrectomía, Colectomía, colostomía, incontinencias, alteraciones hepáticas, insuficiencias renales e incontinencias renales graves…), las del aparato reproductor masculino y femenino (pérdidas y amputaciones), al corazón y vascular (insuficiencia cardiaca, trastornos venosos y arteriales y las del aparato locomotor que son las más frecuentes (columna, cadera y miembros: osteítis, amputaciones, Pseudoartrosis, abolición movimientos….). Las lesiones y secuelas que producen muy importante perjuicio estético (por quemaduras, cicatrices múltiples, lesiones cara, amputaciones miembros…etc). Y finalmente, la concurrencia de muchas secuelas, aunque no sean de tipo grave, pueden dar por su incidencia conjunta a que también se considere al lesionado desde el punto indemnizatorio como un lesionado grave.
> GRAVES LESIONES Y GRANDES LESIONADOS. TELS: 91 196 15 85 / 91 577 95 72 / 91 577 90 96
ABOGADOS ACCIDENTES DE TRAFICO MADRID: CONCEPTOS INDEMNIZABLES
En cuanto a la indemnización que finalmente puede corresponder a este tipo de accidentados, está en correlación con la gravedad de las lesiones del accidente y son numerosos los conceptos que hay que indemnizar, aparte de los días y las secuelas, como son los factores de corrección, daños emergentes y lucro cesante.
– Los DIAS DE BAJA estarán en función del tiempo de curación según el tipo de lesión y de las cirugías que pueden requerirse hasta el alta médica.
– En cuanto a las SECUELAS (anatómicas, funcionales y estéticas) hay que tener en cuenta todas y cada una de ellas, según el tipo de lesiones sufridas, y que a pesar del alta médica del paciente suelen finalmente quedar de manera definitiva.
– Y hay que valorar todos los FACTORES DE CORRECCION de las secuelas que pueden concurrir en el caso concreto:
.La existencia del factor de corrección de perjuicios económicos y el de daños morales complementarios, según la puntuación de las secuelas.
.La valoración del grado de incapacidad (parcial, total, y absoluta) que pueden ocasionar para su vida habitual, incluida la incapacidad laboral que habrá que tramitar.
– Hay que valorar si estamos en presencia de un GRAN INVALIDO, para poder aplicar otros factores como: atención 3ª persona, daños a familia directa, adaptación de vivienda y vehículo.
– Tampoco hay que menospreciar los DAÑOS EMERGENTES Y LUCRO CESANTE causado por el accidente y que deben estar muy acreditados.
En este tipo de lesionados hay que hacer especial referencia a los lesionados que ordinariamente son llamados como “Grandes Lesionados”, que son los lesionados que presentan muy graves lesiones cerebrales y medulares y que por la gravedad de sus daños les pueden corresponder las máximas indemnizaciones al poderse cuantificar en sus valores máximos muchos de los conceptos indemnizables.
Para hacerse cargo de este tipo de casos, el Abogado debe tener mucha experiencia, no exenta de conocimientos médicos, ya que desde el principio hay que poder prever, aunque sea hipotéticamente, todos y cada uno de los distintos conceptos con los que puede ser indemnizado nuestro cliente y hacer un control continuado para poder orientarles constantemente y lograr que sea valorados. En estos casos, la mayoría de las veces, hay que acudir a Médicos Especialista privados para su mejor valoración, según el tipo de lesiones y secuelas.
La falta de valoración de algún concepto susceptible de indemnización pude ocasionar reducciones importantes de la indemnización; no olvidemos, que, estos casos pueden llegar a indemnizaciones muy importantes tendentes a compensar los importantes daños y perjuicios que se ocasionan.
Hay que señalar que las Entidades Aseguradoras, por lo general, y dada la importancia de la indemnización para este tipo de accidentes, exigen que el lesionado acredite muy especialmente todos y cada uno de los conceptos y daños que reclama.
Confíe en este Despacho de Abogados: estará periódicamente informado y asesorado, con la garantía de que más de veinte años de experiencia nos avalan y con la tranquilidad que supone que su asunto quede en manos de profesionales especializados que defenderán sus intereses hasta el final.
RECUERDE: “No tiene que pagarnos NADA, hasta que cobre su indemnización”
> GRAVES LESIONES Y GRANDES INVALIDOS. TELS 91 196. 15.85 / 91 577. 95. 72 / 91 577. 90. 96
TABLA DE LESIONES/SECUELAS GRAVES EN ACCIDENTES DE TRAFICO
Sin ánimo exhaustivo y de acuerdo con su valoración en nuestro Baremo, podemos destacar, como lesionados graves, cuando el lesionado en accidente de tráfico padezca una o varias de las siguientes lesiones/ secuelas derivadas del traumatismo:
1.- De tipo cerebral:
– Sensitivos y motores:
Afasia (motora, sensitiva y mixta).
Epilepsia grave generalizada.
Deterioro importante de funciones cerebrales superiores.
Estado vegetativo.
Síndromes cerebelosos.
Ataxia, apraxia,
Hemiplejia y hemiparexia.
– Psiquiátricos
– Trastorno orgánico importante de la personalidad (psiquiatría).
2.- De tipo medular y nerviosas de pares craneales y nervios periféricos:
– Medula ósea:
Tetraplejia.
Paraplejia.
Síndrome medular transverso.
Monoparesias, paraparesias y monoplejias.
– Nervios Craneales:
Parálisis (olfatorio, óptico y motor ocular común).
Dolores continuados trigémino.
– Nervios Periféricos:
Miembros superiores, brazo y hombro: Parálisis nervios (mediano, cubital, radial y plexo braquial).
Miembros inferiores: Parálisis y Neuralgias del nervio ciático.
3.- Que afectan a los Sentidos (gusto, olfato, vista):
– Cara-boca-nariz:
Deterioro maxilar grave con pérdida funciones (oclusión, masticación) y pérdida sustancia paladar.
Amputación total lengua.
– Ojos y visión:
Pérdida ojo (ablación).
Pérdida importante del campo visual (hemianopsias, cuadrantanopsias. Diplopía grave (visión doble).
Pérdida importante de la agudeza visual, uno o dos ojos, hasta ceguera.
– Oído:
Vértigos importantes persistentes.
Pérdida importante agudeza auditiva en uno dos oídos hasta sordera total.
4.- Que afectan a Órganos y Vísceras:
– Esófago: lesiones graves combinadas (divertículos, hernias, fistulas y función motora).
– Laringe: Lesiones graves combinadas (Estenosis y parálisis graves).
– Tráquea: Traqueotomía y Estenosis grave.
– Pulmones: Parálisis grave del nervio frénico con importante insuficiencia respiratoria
– Aparato digestivo: Estómago, intestino delgado y grueso, sigma, recto y ano: Graves pérdidas o extirpaciones (Gastrectomía, Yeyuno-Ilectomía, Colectomía, Colostomía), trastornos nutritivos y funcionales graves, incontinencias sigma, recto y ano.
– Hígado: Alteraciones graves coagulación, citolisis y colestasis y fistulas biliares.
– Riñón: Nefrectomía bilateral (perdida del riñón) e Insuficiencia renal grave.
– Vejiga y uretra: Incontinencias permanentes.
5.- Que afectan al Aparato Reproductor, masculino o femenino:
– Aparato genital masculino: grave lesión del pene y pérdida testículos.
– Aparato genital femenino: Pérdida del útero antes menopausia y Pérdida ovarios.
6.- Que afectan Aparato cardiovascular (corazón, arterias y venas):
– Corazón: Insuficiencia Cardiaca grave, Prótesis.
– Vascular periférico, venas y arterias: Flebitis, claudicaciones y fistulas de gravedad.
7.- Que afectan al Aparato locomotor: Columna vertebral, extremidad superior, cadera y miembros (óseo-musculo-articular)
– Columna Cervical, dorsal y lumbar:
Osteítis vertebral.
Limitaciones graves de movilidad de la columna vertebral, cervical, dorsal y lumbar, por fracturas cuando son combinadas.
– Extremidad superior (hombro, codo, antebrazo, muñeca y mano):
Desarticulación, Amputación unilaterales y bilaterales del hombro, codo, antebrazo, muñeca o mano.
Pseudoartrosis hombro y graves pérdidas.
Osteoartritis séptica crónica del hombro.
Prótesis total hombro.
Abolición o pérdida total movilidad hombro (rigideces, anquilosis).
Luxaciones, limitaciones movilidad hombro combinadas con otras.
Retracción isquémica de Volkmann (antebrazo-muñeca).
– Cadera y extremidad inferior (muslo, rodilla, pierna, tobillo y pie):
Dismetrías graves (acortamientos extremidad inferior, de 6 a 10 cm).
Desarticulación/ Amputaciones unilaterales y bilaterales de cadera, fémur, pierna, tobillo o pie.
Anquilosis, artrodesis de cadera o rodilla.
Osteoartritis séptica crónica de cadera.
Necrosis de cabeza del fémur.
Pseudoartrosis inoperable de fémur y tibia.
Prótesis total cadera o rodilla.
Limitación movilidad: Anquilosis (pérdida de movilidad) y artrodesis (fijación). Osteoartritis séptica crónica (proceso infecciosos) crónica. Necrosis cabeza fémur.
8.- Perjuicio estético bastante importante a importantísimo:
– Postración en silla de ruedas (tetraplejia, paraplejia…)
– Amputaciones de miembros superior o inferior (unilaterales y bilaterales).
– Importantes cicatrices, deformaciones y pérdidas anatómicas en cara.
– Grandes quemados.
9.- Concurrencia de múltiples secuelas:
– Numerosas secuelas que sin ser graves, su concurrencia pude dar lugar a la consideración de graves según el caso concreto.
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Otros Accidentes
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Informarles que para el buen fin de las reclamaciones por responsabilidad en este tipo de accidentes, es necesaria la existencia de atestado policial (o cuando menos testigos imparciales y objetivos de los hechos, acta notarial del lugar del accidente con fotografías), así como asistencia del Samur en el lugar de los hechos o informe de urgencias del mismo día del accidente, ya que normalmente el causante de los hechos y su Entidad Aseguradora niegan su responsabilidad, siendo la carga de la prueba del que reclama.
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Hay numerosos estudios realizados que indican que la mayoría de los lesionados en un accidente de tráfico desconocen que tienen derecho a reclamar una indemnización al responsable del accidente y a su Entidad Aseguradora.
Si Ud. ha sufrido lesiones en un accidente de circulación, para que su asunto llegue a buen fin y reciba la justa y máxima indemnización, le recomendamos que contacte directamente con Abogados especializados en reclamación de indemnizaciones, para efectuar un control y valoración de sus lesiones y secuelas, y así presentar la reclamación, ya sea extrajudicial o judicial con las máximas garantías.
En la elección del abogado que le lleve su asunto debe tratar de evitar acudir a otros profesionales generales o intermediarios que carezcan de experiencia en esta materia, existiendo grandes diferencias de indemnización de llevar el asunto con profesionales independientes especializados a dejar el caso transcurrir por sí mismo.
La mayoría de nuestros clientes han acudido a nuestro despacho por recomendación de otros clientes que han quedado muy satisfechos con nuestros servicios.
NUESTROS SERVICIOS JURÍDICOS EN ACCIDENTES DE TRAFICO:
I – CONSULTA SIN COMPROMISO EN NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS: ESTAR BIEN INFORMADO ES UN DERECHO
Si ha sufrido un accidente de tráfico con lesiones no pierda sus derechos y SOLICITE UNA CITA SIN COMPROMISO Y GRATUITA EN NUESTRO DESPACHO PROFESIONAL.
Los abogados especializados le ASESORAMOS desde el momento del accidente y le TRAMITAMOS todo su asunto hasta que Ud. cobre su indemnización. LLAMENOS sin NINGUN compromiso Y CONSULTE:
– Consulta GRATUITA y SIN compromiso.
– Reclamamos la MAXIMA INDEMNIZACION por las lesiones y secuelas ocasionadas en su accidente.
– Le reclamamos la recuperación de nuestros HONORARIOS a su Compañía de Seguros (seguro de defensa y protección jurídica-reclamación de daños).
Defienda sus intereses y asesórese por Abogados especializados y cualificados, avalados por muchos años de experiencia, para obtener la máxima indemnización posible. Es muy importante el asesoramiento jurídico y médico desde el primer momento.
ATENCION PREFERENTE Y PERSONALIZADA.
Solicite consulta personal, sin compromiso, con los Abogados Especializados en reclamaciones de daños por accidente de tráfico.
Cuestiones y dudas que se plantean en una primera consulta en cuanto a un accidente de tráfico:
- Cuestiones derivadas de plazos y procedimientos judiciales para reclamar.
– Cuestiones derivadas del atestado policial o de la guardia civil. Testigos del accidente.
– Cuestiones derivadas de los seguros (seguro obligatorio, voluntario, seguro de accidentes del conductor, seguro ocupantes, protección jurídica, defensa jurídica, reclamación de daños).
– Lesiones y secuelas. Días impeditivos y días no impeditivos.
– Incapacidad parcial, permanente, absoluta para las ocupaciones habituales a consecuencia del accidente de tráfico.
- Lucro cesante y daños emergentes.
– Grandes inválidos y ayuda de tercera persona.
II – ENCARGO Y ACTUACIONES PROFESIONALES
Si tras la primera consulta Ud. desea que nos hagamos cargo de su asunto, se firmará una hoja de encargo profesional entre el despacho de abogados y el cliente en el que quedarán fijados los honorarios a precio cerrado para su total seguridad en relación al encargo y sus condiciones.
ACTUACIONES Y GESTIONES A REALIZAR:
1.- Le ASESORAMOS de todas y cada una de las cuestiones que nos formule en el Despacho.
2.- Le VALORAMOS continuadamente los daños y perjuicios de su accidente de tráfico.
3.- Realizamos un SEGUIMIENTO Y CONTROL MEDICO de sus daños personales y materiales, con la colaboración de Médicos Especializados. Y si fuera necesario para valorar sus daños físicos solicitamos un exámen médico directo del paciente POR UN MEDICO ESPECIALISTA.
4.- RECLAMAMOS LOS DAÑOS Y PERJUICIOS a los responsables (Aseguradoras), tanto por vía extrajudicial, mediante las oportunas negociaciones amistosas, como por vía judicial, hasta concluir el asunto, con información puntual y periódica al cliente de todas las actuaciones que se vayan efectuando.
5.- Efectuamos la reclamación económica de sus daños y perjuicios Y SÓLO COBRAMOS CUANDO FINALICE LA RECLAMACIÓN.
Y recuerde que si Ud. tiene concertado con su Entidad Aseguradora el SEGURO DE DEFENSA JURIDICA Y RECLAMACION DE DAÑOS, Ud. podría elegir libremente el Abogado particular y su Aseguradora LE PODRA REINTEGRAR TODO O PARTE DE LOS HONORARIOS DEL ABOGADO, PUDIENDO ASI SALIRLE GRATIS LOS HONORARIOS DEL PROFESIONAL.
III -VALORACION DEL DAÑO CORPORAL
Si Ud. únicamente desea que este Despacho de Abogados le efectúe una valoración económica sobre la indemnización que le pudiera corresponder a la vista de toda la información médica disponible, sin que nos hagamos cargo de todo el procedimiento, se realizará el encargo y se pactarán los honorarios por el asesoramiento y las valoraciones según los daños y perjuicios a valorar.
IV – HONORARIOS DEL ABOGADO: SOLO COBRAMOS CUANDO UD. COBRE
NO TIENE QUE ABONAR NINGUNA CANTIDAD HASTA QUE COBRE SU INDEMNIZACION.
El accidentado puede contratar nuestros servicios profesionales sin tener que entregar a cuenta ninguna cantidad hasta obtener el resultado, es decir que cuando obtenga la indemnización, es cuando deberá abonar los honorarios.
Nuestros honorarios se abonan en función de la indemnización que Ud. finalmente perciba de la Entidad Aseguradora, pactando un porcentaje de la indemnización que finalmente se obtenga, es decir que trabajamos en su asunto con el objetivo de conseguirle la máxima indemnización que le pueda corresponder por su lesiones, ya que de ello también dependen nuestros honorarios.
El lesionado normalmente tendrá la cobertura de defensa jurídica y reclamación de daños pudiendo optar en que sea su propia Entidad Aseguradora la que le tramite y reclame su reclamación indemnizatoria o elegir libremente un abogado particular.
Les aconsejamos además que su reclamación indemnizatoria la tramiten Abogados particulares especializados en accidentes de tráfico, ajenos e independientes de las Entidades Aseguradoras.
En muchas ocasiones la Entidad Aseguradora responsable coincidirá con su propia Compañía, por lo que en este caso además es necesaria la elección de abogado particular, a efectos de evitar el evidente conflicto de intereses.
Por tanto, los honorarios del Abogado, y en ocasiones los del Procurador de los Tribunales, pueden salirle gratis en su totalidad o parte de los mismos, dependiendo de la cobertura y los límites de su póliza y que también reclamamos a su Entidad Aseguradora para que le reintegren los honorarios que correspondan en base a sus condiciones generales y particulares.
V – ACCIDENTES DE TRÁFICO SUFRIDOS EN TERRITORIO ESPAÑOL
SERVICIO PARA LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
ACCIDENTES DE TRAFICO SUFRIDOS EN ESPAÑA POR RESIDENTES FUERA DE ESPAÑA.
Si Ud. reside fuera de España, ya sea extranjero o español residente en el extranjero, este Despacho de Abogados en España, sito en Madrid Capital (abogadosmadrid.com) puede efectuarle la reclamación de la indemnización que le corresponda por las lesiones sufridas en un accidente de tráfico en cualquier provincia de España, contra la Compañía Aseguradora y los responsables, ya sea Ud. conductor, ocupante o peatón.
Asimismo si un familiar que residía en España ha fallecido en un accidente de tráfico, también efectuamos la reclamación de la indemnización que le corresponda como perjudicado, ya sea extrajudicial o judicial contra la Compañía Aseguradora y los responsables.
¡¡ NO DEJE DE RECLAMAR SUS DERECHOS POR ENCONTRARSE FUERA DE ESPAÑA!!
ESTE DESPACHO DE ABOGADOS EN ESPAÑA PUEDE DEFENDER SUS INTERESES.
Le recomendamos visitar nuestras secciones de la página web relativas a Accidentes de Tráfico y si lo precisa solicítenos información gratuita on-line.
Para contactar con este Despacho de Abogados o contratar nuestros servicios puede enviar un e-mail a info@abogadosmadrid.com, bien un fax al teléfono 91-577.85.71 o por correo ordinario Baldó & Calvete Abogados, C/ Fernán González nº 36, 5º Dcha, Madrid-28009 (Spain), indicándonos sus datos personales, dirección, teléfono de contacto, e-mail y el servicio que desee contratar.
Una vez admitido el encargo profesional este Despacho les remitirá una hoja de encargo profesional y les indicaremos la documentación y datos necesarios que deberán remitirnos para iniciar las gestiones judiciales o extrajudiciales.
Confíe en este Despacho de Abogados: estará periódicamente informado y asesorado, con la garantía de que más de veinte años de experiencia nos avalan y con la tranquilidad que supone que su asunto quede en manos de profesionales especializados que defenderán sus intereses hasta el fin.
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