Somos un despacho especializado en negligencias médicas con actuaciones en esta materia desde el año 1986.
COMO ACTUAR ANTE UNA NEGLIGENCIA MEDICA
CUESTIONES PREVIAS QUE UD. DEBE CONOCER ANTES DE RECLAMAR POR NEGLIGENCIAS MÉDICAS
Las negligencias médicas y hospitalarias dan derecho al paciente o a sus familiares a reclamar y obtener indemnizaciones por los daños causados.Las reclamaciones más frecuentes lo son por negligencias médicas de centros médicos y hospitalarios de la Seguridad Social dependiente del Estado o de las Comunidades Autónomas: son las llamadas reclamaciones patrimoniales por Funcionamiento anormal (o normal) del Servicio Público de Salud por los daños y perjuicios causadas a las personas que utilizan dichos servicios (incluidos los propios funcionarios). Pero también existen negligencias en los Centros Médicos Privados y que también son susceptibles de reclamación.
Las reclamaciones están sujetas a diversos y distintos requisitos, en cuánto al procedimiento a seguir, plazos de prescripción, prueba, normas de valoración etc…, por lo que lo más adecuado para el particular ES ACUDIR CUANTO ANTES AL ASESORAMIENTO DEL ABOGADO, básicamente porque en estos procesos se suelen sustanciar cantidades importantes que pueden verse muy mermadas e incluso perderse (prescripción) y puede ser necesario acudir a la vía judicial.
CUANTO ANTES, EN LAS NEGLIGENCIAS MEDICAS, HAY QUE CONOCER:
1º.- SI SE HA PRODUCIDO O NO UNA NEGLIGENCIA MEDICA: Esta cuestión es de capital importancia, dado que la negligencia médica que Ud. sospecha, deberá ser confirmada por un Abogado en colaboración con un Especialista Médico que le asesora.
2º.- COMO PROCEDER A RECLAMAR. RESPONSABLES: Producida una negligencia hay que concretar los responsables, los plazos para reclamar y las posibles vías extrajudiciales y judiciales para hacerla efectiva.
3º- QUE INDEMNIZACION PUEDE CORRESPONDERLE: Confirmada la existencia de dicha negligencia deberá pasarse a conocer la cuantía de la indemnización que pudiera corresponder.
CONSULTA CON CITA PREVIA: Contacte con nosotros e infórmese.
Este Despacho de Abogados en Madrid está especializado, con atención preferente, en reclamaciones de daños y perjuicios derivados de los errores y negligencias médicas.
Para ello, este Despacho de Abogados cuenta con la colaboración de diversos Médicos Especialistas en los daños personales que se suelen ocasionar en las negligencias médicas, para un mejor control de los mismos, ya que la indemnización dependerá de las lesiones y secuelas del lesionado, por lo que es de capital importancia un correcto y control médico y legal del accidentado, que ponemos a su disposición.
DE SU INTERES: EXENCION DE ABONO DE TASAS JUDICIALES en la interposición de recursos contencioso-administrativos cuando se recurra en casos de silencio administrativo negativo o inactividad de la Administración.
NOS HACEMOS CARGO DE SU RECLAMACION
SI UD. DESPUES DE LA CONSULTA DESEA QUE NOS HAGAMOS CARGO DE SU RECLAMACION:
1.- Efectuamos seguimiento continuado de sus informes médicos.
2.- Recabamos informes de Médicos Especialistas para valoración de la negligencia y sus daños.
3.- Se presentará la reclamación oportuna en la vía judicial o extrajudicial que proceda (penal, civil y/o contencioso-administrativa).
4.- Consulta: Contacte con nosotros e infórmese. Nuestros honorarios están en función de la reclamación y cuantía de la indemnización A LA VISTA DE LA INFORMACION QUE NOS PROPORCIONE EN LA CONSULTA.
> NEGLIGENCIAS MEDICAS: Consulta a abogados especialistas – Llama al: 91 577 95 72 / 91 577 90 96
ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS: INDEMNIZACIONES
ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN NEGLIGENCIAS MEDICAS Y HOSPITALARIAS EN MADRID
INDEMNIZACIONES POR NEGLIGENCIAS MEDICAS Y HOSPITALARIA:
¡¡¡ CONOCER LA EXISTENCIA DE LA NEGLIGENCIA Y LA CUANTIA DE LA INDEMNIZACIÓN QUE LE PUEDE CORRESPONDER, ES UNA CUESTION ESENCIAL PARA EL LESIONADO O PERJUDICADO!!!
CUANTIA DE LA INDEMNIZACION, CUANDO SE PUEDE Y SE DEBE SABER SU POSIBLE IMPORTE.
Para todo lesionado o perjudicado tras una negligencia es de gran interés tener una valoración orientativa de la indemnización que podría resultar para conocer cuál es el interés económico en el mismo y si le compensa poner en marcha los procedimientos para hacer efectiva su reclamación.En las reclamaciones de los daños o perjuicios sufridos por causa de una negligencia o funcionamiento de un servicio público de salud, es básico y esencial, CUANTO ANTES, CONOCER LA POSIBLE INDEMNIZACION de los daños y perjuicios sufridos.
Este Despacho de Abogados está especializado en efectuar valoraciones de los daños personales y materiales emitiendo al efecto los correspondientes dictamenes-valoraciones orientativas sobre las indemnizaciones, recabando el Letrado si fuera necesario la colaboración de Especialistas Médicos de las distintas materias que puedan verse afectadas por el daño causado (Traumatología, Rehabilitación, Medicina Legal etc…).
Estas valoraciones orientativas la puede Ud. obtener:
1º.-TRAS LA NEGLIGENCIA y antes de su alta médica: Esta valoración se efectúa a la vista de los daños físicos y materiales ocasionados a consecuencia de la negligencia. Esta valoración orientativa ya la puede obtener inmediatamente de ocurrir el daño y así controlar la evolución de su caso hasta el alta médica.
2º.- TRAS EL ALTA MEDICA (o alta forense judicial): Esta valoración se efectúa a la vista de todos los daños físicos, personales y materiales, que al lesionado le quedarán efectivamente por causa de la negligencia médica. Esta valoración se basa en los concretos daños que la negligencia le ha causado. Esta valoración es la valoración básica para efectuar una reclamación económica, ya concreta, al Estado o Comunidad Autónoma, a la Entidad Aseguradora o al responsable.
3º.- En cuanto a la valoración de los FALLECIMIENTOS a consecuencia de una negligencia médica. Se efectúan estas valoraciones basadas en una serie de datos y circunstancias personales y familiares tanto de la víctima como de los perjudicados.
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ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS: VALORACION
ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN NEGLIGENCIAS MEDICAS MADRID
VALORACION ECONOMICA DE SUS LESIONES POR NEGLIGENCIAS MEDICAS EN MADRID
- VALORACIONES DE LESIONES Y SECUELAS INDEMNIZACION:
Para que Ud. pueda obtener la correcta y justa indemnización, lo más importante es que sus lesiones y secuelas sean debidamente valoradas.
Por eso este Despacho de Abogados, asesorado por Especialistas Médicos, realiza un SEGUIMIENTO MEDICO CONTINUADO de sus lesiones, secuelas, incapacidades laborales etc…, para así lograr los máximos resultados económicos para nuestros clientes que han sufrido una negligencia médica.
Es muy importante el conocimiento de las lesiones y todas y cada una de las secuelas que pueden producirse a consecuencia de la negligencia médica.
LLAMENOS: Infórmese y pida cita en el despacho.
SOLICITUD: Para interesarse, deberá contactar y pedir cita con este despacho.
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NEGLIGENCIAS MEDICAS: ¿QUE SON?
ABOGADOS EN MADRID ESPECIALIZADOS EN NEGLIGENCIAS MEDICAS
EN QUE CONSITE UN ERROR O NEGLIGENCIA MEDICA U HOSPITALARIA EN MADRID.
> SUPUESTOS DE NEGLIGENCIAS MEDICAS Y HOSPITALARIAS.
1.- ERRORES MÉDICOS MAS FRECUENTES.
Se pueden considerar como casos más frecuentes de Negligencias Médicas y Hospitalarias, para cualquier tipo de especialidad médica, los siguientes:
1º.- Errores y demoras de diagnóstico: Este suele ser el tipo de error médico más frecuente. Un correcto y precoz diagnóstico de una enfermedad o lesión es esencial y es un principio médico que siempre hay que tener en cuenta.
Este tipo de error médico se suele producir cuando no se diagnostica de manera correcta la dolencia del paciente, aunque puede ser dispensable. En general se requiere que no se hayan agotado los medios de diagnóstico y/o que se trate de un burdo y grave error de diagnóstico, por lo que no todos los errores de diagnótico son relevantes.
2º.- Errores y demoras del tratamiento: Un tratamiento adecuado y precoz es un principio esencial que hay siempre que tener en cuenta. Este tipo de error médico se suele producir cuando se yerra en el tratamiento adecuado, tras el diagnóstico, o se demora el mismo de manera injustificable. Hay que valor la responsabilidad por lista de espera.
3º.- Errores en el seguimiento y control del paciente: Este tipo de error, se suele producir cuando no se controla correctamente la evolución del paciente, mediante las correspondientes pruebas, analíticas, mediciones de constantes, vigilancia del paciente. Postoperatorios.
4º.- Errores en la técnica aplicada: Este tipo de error se suele producir cuando en la realización de las pruebas de diagnóstico, en las cirugías, en los tratamientos, cuando no se aplica la técnica correcta o se ejecuta de manera inadecuada.
5º.- Descoordinación de los servicios hospitalarios: Este tipo de errores se suelen producir cuando intervienen varios Servicios médicos en relación con el paciente y falla la adecuada coordinación entre ellos, tanto en el diagnóstico, como en el tratamiento o el seguimiento del paciente.
6º.- Falta de una correcta información: Este tipo de errores médicos se suele producir cuando no se informa o se informa defectuosamente al paciente de la potenciales complicaciones y riesgos del tratamiento invasivo (cirugía, pruebas, radioterapia….) y de sus posibles alternativas. Hay que tener en cuenta el consentimiento informado escrito y también el consentimiento oral, los riesgos típicos y los atípicos del procedimiento y también el principio básico de que el paciente nunca puede consentir una defectuosa actuación médica.
7º.- Otros: Cualquier otro error médico no excusable que afecta a la salud e integridad física y moral del paciente.
2º.- INFRACCION DE LA LEX ARTIS MÉDICA.
Hay que partir del principio de que la existencia de un daño no implica por sí mismo la existencia de un error médico. Para poder valorar la existencia de una posible negligencia médica y hospitalaria, es necesario y obligado valorar si la concreta actuación médica que se considera errónea se ha ajustado o no a los protocolos médicos y a lex artis médica exigida por la concreta materia o especialidad médica objeto de la posible existencia de un error o una negligencia médica (Oftalmología, Ginecología, Traumatología, Oncología, Otorrinolaringología, Medicina Interna, Cardiología…etc).
Por lo que, en el supuesto de cualquier posible negligencia médica y hospitalaria, es conveniente que, por un Médico o Perito especialista, en colaboración con el Abogado con experiencia en este tipo de asuntos, determinen si es o no viable desde el punto médico y legal la reclamación y la vía más adecuada para ejercitarla (contencioso-administrativo, civil o penal).
Precisar además que las vías judiciales a utilizar no son las mismas (plazos, procedimientos, pruebas…etc.) y más en concreto en el proceso penal, que es el proceso en el que mayor es la exigencia del nivel o grado de responsabilidad e imprudencia profesional para que prospere la reclamación (errores burdos, manifiestos…).
3.- EJEMPLOS DE RESOLUCIONES JUDICIALES ADMITIENDO NEGLIGENCIA MÉDICA.
SUPUESTOS DE CONDENA JUDICIAL A INDEMNIZAR LA MALA PRAXIS O NEGLIGENCIA MÉDICA Y HOSPITALARIA.
– “….No se excluye la presunción desfavorable que pueda generar un mal resultado, cuando éste por su desproporción con lo que es usual y comparativamente según las reglas de la experiencia y el sentido común, revele inductivamente, EL DESCUIDO DE LOS MEDIOS EMPLEADOS EN SU CONVENIENTE Y TEMPORÁNEA UTILIZACIÓN, según el estado de la ciencia y circunstancias de tiempo…” (TS Sala 2ª)
– “…Por el contrario si EXISTE CERTEZA DE QUE EL RETRASO PRIVÓ AL PACIENTE DE SU POSIBILIDAD DE RECUPERACIÓN en mayor o menor medida, y esta frustración es lo que constituye el resultado del defectuoso funcionamiento del servicio público, situación que no puede ser irrelevante desde el punto de vista del derecho, elevado a la categoría de constitucional, de la protección a la salud, cuya tutela está encomendada a los Poderes Públicos …” (-TSJ de Cataluña )
-“….La negligencia la ocasiona, en este caso, EL NO HABER AGOTADO LA CIENCIA MÉDICA EN EL TIEMPO OPORTUNO y con posibilidades muy próximas de alcanzar resultados serios favorables, así como por la falta de empleo de medios de curación al alcance, como los más aconsejables y necesarios, y que no revestían nota de ejecución imposible o insalvable, para la procura de la mejor salud del recurrido..” (- T.S. Sala 1ª ).
-“..Si existe una DUDA RAZONABLE DE QUE AQUELLAS OMISIONES HAYAN PODIDO CONTRIBUIR AL RESULTADO DAÑOSO…” (El TSJ de Castilla la Mancha ha declarado que existe responsabilidad).
- ” DEMORA EN REALIZACIÓN PRUEBA ESPECIFICA DE DIAGNOSTICO”…se retrasara ocho meses la realización de un diagnóstico definitivo toda vez que la resonancia magnética es la prueba diagnóstica específica para este tipo de problemas….. retraso que se produjo en emitir un diagnóstico cierto a través de resonancia magnética fue causa del deterioro neurológico que afectó al nervio ciático poplíteo externo izquierdo….. ( Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, condenó a la Administración por responsabilidad patrimonial) ( VER COMENTARIOS, EN SECCION REVISTA JURÍDICA, Negligencias Médicas)
4.- PERITOS MÉDICOS ESPECIALISTAS
En las materias relativas a negligencias o imprudencias médicas y accidentes de tráfico, en las que es preciso acreditar la existencia de la negligencia o imprudencia, del daño causado y que este daño además proviene o trae su causa en dicha negligencia o imprudencia, se hace necesario un asesoramiento o bien un informe pericial elaborado por los Médicos o Peritos especialistas en la materia de que se trate.
Este Despacho de Abogados recaba siempre la colaboración del concreto Médico Especialista en la materia a que se refiere la negligencia o imprudencia médica, que gozen de prestigio y experiencia judicial.
Dicho Perito Médico, determinará si ha existido o no dicha negligencia y los daños causados, examinará al lesionado si ello fuera necesario y determinará las concretas lesiones y secuelas sufridas por el paciente por causa de la negligencia.
Para mayor información deberá VD. ponerse en contacto con este Despacho de Abogados.
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ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS: CONSULTAS
ABOGADOS NEGLIGENCIAS MEDICAS MADRID
SERVICIO INTEGRAL CON ATENCION PERSONALIZADA EN NUESTRO DESPACHO:
- COMO ACTUAR ANTE UNA NEGLIGENCIA MEDICA EN MADRID -
NOS HACEMOS CARGO DE SU CASO, EFECTUANDO LA RECLAMACIÓN ECONOMICA JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA NEGLIGENCIA MEDICA, RECOMENDANDOLE ESTE SERVICIO PERSONALIZADO POR LOS ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN NEGLIGENCIAS MÉDICAS.
1.- Le asesoramos de manera continuada de todas y cada una de las cuestiones que nos formule en el Despacho.
2.- Le valoramos, en los distintos momentos, los daños y perjuicios de su accidente.
3.- Le hacemos un seguimiento y control médico de sus daños personales y materiales, con la colaboración de Médicos Especializados. Y si fuera necesario para valorar sus daños físicos solicitamos un exámen médico directo del paciente en nuestro Despacho.
4.- Se solicitará Informe médico-pericial sobre la negligencia, a cargo del cliente.
5.- Reclamando los daños y perjuicios a los responsables, tanto por vía extrajudicial como por vía judicial hasta concluir el asunto, con información puntual y periódica al cliente de todas las actuaciones que se vayan efectuando.
6.- Los honorarios en este caso se acuerdan y pactan con el cliente en una hoja de encargo profesional.
Si Ud. desea INFORMACIÓN DE CUALQUIER CUESTION en relación con su negligencia médica, efectúe sus preguntas y dudas a este despacho.
Ejemplo de cuestiones a plantear sobre su negligencia médica:
– Cuestiones derivadas de plazos y procedimientos judiciales (contencioso-administrativo, civil o penal) para reclamar.
– Cuestiones derivadas de lesiones, secuelas y daños.
– Cuestiones derivadas de exámenes médicos.
– Cuestiones derivadas de los seguros de responsabilidad civil… etc.
– Requisitos para que se de la negligencia médica.
– Honorarios.
CONSULTAS EN NUESTRO DESPACHO: Contacte con nosotros e infórmese.
HONORARIOS: Consultar condiciones SEGÚN SU CASO en el Despacho.
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LLAMENOS E INFORMESE DE SUS DERECHOS.
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